La normativa protege las marcas registradas, pero también aquellos signos distintivos (imágenes, símbolos, colores…) que éstas utilizan y que, pese a no estar registrados, disfrutan de la suficiente notoriedad como para asociarse a la marca que los utiliza:
En casos así, debe demostrar que su marca y su producto son lo suficientemente conocidos para el público, o al menos para el sector al que van destinados (público infantil, sector del deporte…). Para ello, puede usar:
Además de acreditar que su marca es lo bastante conocida para el público, deberá demostrar que su producto y el de esa empresa competidora se parecen lo suficiente como para ser confundidos, para lo cual deberá apoyarse en datos objetivos. Por ejemplo, puede alegar que se trata del mismo producto para el mismo público (por ejemplo, galletas para el público infantil), que se comercializan en los mismos establecimientos, que hay un parecido visual y conceptual que provoca confusión… Incluso puede aportar encuestas que indiquen que una parte significativa del público asocia su producto con el de su competidor.
Le informaremos de cómo proteger sus productos y marcas frente a copias de sus competidores.