Si es objeto de una inspección, puede solicitar uno o varios períodos en los que la Inspección no podrá realizar actuaciones y en los que quedará suspendido el plazo para atender requerimientos:
La solicitud debe efectuarse al órgano inspector con al menos siete días naturales de antelación a la fecha en la que empiece el período solicitado. Y el período de cortesía solicitado debe ser también de al menos siete días naturales (por tanto, es posible solicitar hasta ocho períodos de cortesía).
Si usted o su empresa son objeto de una inspección, nuestros profesionales pueden representarle ante ésta y defender sus intereses.