Video elaborado con Inteligencia Artificial – NotebookLM
Si durante el año 2025 su empresa efectuó operaciones con algún cliente o proveedor por importe superior a 3.005,06 euros en su conjunto (IVA incluido) y no está dada de alta en el sistema de Suministro Inmediato de Información, durante este mes de febrero deberá presentar el modelo 347 de dicho ejercicio. A estos efectos, recuerde lo siguiente:
No olvide que, en general, la información deberá desglosarla por trimestres. Las facturas emitidas se imputan en el trimestre en el que se haya producido la operación, mientras que las recibidas se imputan en el trimestre en el que se reciben.
Si está obligado a presentar el modelo 347, tiene de plazo para hacerlo hasta el próximo 2 de marzo.
Consúltenos: resolveremos las dudas que le puedan surgir respecto a la cumplimentación del modelo 347.