Ante una denuncia por acoso, la primera reacción de muchas empresas es “mover” de centro a la persona denunciante para evitar que coincida con el presunto acosador. Ahora bien, esa medida, aunque se adopte con intención protectora, puede vulnerar derechos fundamentales si perjudica a la víctima.
Es cierto que su empresa puede adoptar medidas cautelares con el objetivo de zanjar de raíz la posible situación de acoso, pero dichas medidas deben ir orientadas a proteger a la persona denunciante sin perjudicarla. Teniendo en cuenta esto:
Si una vez finalizado el protocolo de acoso ha quedado acreditada la situación de acoso, la empresa debe actuar disciplinariamente y con contundencia contra el agresor. Según el Estatuto de los Trabajadores, suponen causa de despido disciplinario el acoso –al empresario o a las personas que trabajan en la empresa– por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo.
Nuestros profesionales le informarán respecto a cualquier duda que tenga sobre el protocolo de acoso.