Hacienda ha confirmado que los límites máximos que permiten acogerse al régimen de módulos para el año 2026 (el régimen de estimación objetiva del IRPF y el régimen simplificado del IVA) se han prorrogado y siguen siendo los mismos que los de los últimos años.
En concreto, estos límites quedan así:
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Concepto (1) |
Límite |
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Ventas totales |
250.000 euros |
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Ventas a empresarios |
125.000 euros |
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Compras (no inmovilizados) |
250.000 euros |
1. Volumen de operaciones del año anterior.
Aunque usted cumpla los requisitos para seguir en módulos, si prevé una reducción de ingresos a partir de 2026, haga números y verifique si le conviene renunciar a ellos. Si desea hacerlo, recuerde que puede ejercer su renuncia tácita presentando el IVA del primer trimestre de 2026 en régimen general (modelo 303) y el pago fraccionado de IRPF en régimen de estimación directa (modelo 130).
Nuestros profesionales le asesorarán sobre la conveniencia o no tributar en el régimen de módulos y sobre cualquier otra problemática fiscal que afecte a su negocio.