Acaba de publicarse la Orden Ministerial que fija las fechas definitivas de entrada en vigor de la normativa de facturación por la que todas las empresas y profesionales –con independencia de su tamaño– van a estar obligados a utilizar facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales.
Las facturas electrónicas deberán emitirse a través de una solución pública o a través de plataformas privadas que faciliten la información de facturación a Hacienda. Por tanto, en las operaciones que deban ser facturadas electrónicamente ya no será válido remitir la factura en PDF por correo electrónico, como ocurre hoy en día.
En concreto, la nueva obligación de facturar electrónicamente entre empresarios entrará en vigor en las siguientes fechas: